Autodespido en Chile: cómo terminar el contrato por culpa del empleador y cobrar indemnización

El autodespido (o despido indirecto) es la facultad del trabajador para poner término al contrato por incumplimiento grave del empleador, conservando el derecho a indemnización como si hubiera sido despedido. Está regulado en el Art. 171 del Código del Trabajo. En LawUp Abogados tramitamos el proceso completo: desde la carta de autodespido hasta la demanda y el cobro.

El autodespido no es una renuncia — es un despido

Muchos trabajadores creen que si se van ellos pierden la indemnización. El autodespido es lo contrario: el trabajador se va porque el empleador incumplió gravemente, y la ley trata esa salida igual que un despido injustificado. Si el tribunal acoge el autodespido, el empleador debe pagar indemnización por años de servicio más los recargos que correspondan.

Causales del autodespido (Art. 160 aplicado por el trabajador)

  • Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato por parte del empleador (Art. 160 N°7): incluye no pagar remuneraciones, cambiar funciones sin acuerdo, reducir unilateralmente el sueldo
  • No pago de remuneraciones: el empleador no paga el sueldo en la fecha acordada — causal gravísima
  • Cotizaciones previsionales impagas: AFP, Isapre/Fonasa, AFC sin pagar — el autodespido procede aunque se deban solo algunos meses
  • Acoso laboral: conductas de hostigamiento sistemático que hacen intolerable la continuación del trabajo
  • Cambio unilateral de funciones o lugar de trabajo: si el empleador modifica sustancialmente las condiciones del contrato sin acuerdo del trabajador
  • Falta de medidas de seguridad: si el lugar de trabajo presenta riesgos graves y el empleador no los corrige pese a ser notificado

Cómo hacer un autodespido paso a paso

Paso 1 — Verificar la causal: reunir pruebas del incumplimiento del empleador (liquidaciones, comprobantes de cotizaciones, mensajes, testigos)

Paso 2 — Redactar la carta de autodespido: con la causal exacta del Art. 160 que invoca el trabajador — LawUp Abogados redacta la carta

Paso 3 — Notificar al empleador y a la Inspección del Trabajo: la carta debe enviarse en forma fehaciente (carta certificada, receptor judicial o por mano)

Paso 4 — El contrato termina desde la notificación: el trabajador deja de trabajar al enviar la carta

Paso 5 — Presentar demanda laboral dentro de 60 días hábiles: el tribunal decide si el autodespido fue justificado

Paso 6 — Si el tribunal acoge el autodespido: ordena el pago de indemnización por años de servicio + recargos

Recargo especial por cotizaciones impagas

Si el autodespido se funda en no pago de cotizaciones previsionales, el tribunal puede ordenar un recargo del 80% sobre la indemnización por años de servicio, además de obligar al empleador a pagar las cotizaciones adeudadas. Es una de las causales más sólidas.

Preguntas frecuentes — Autodespido

Sí. El Código del Trabajo no exige un mínimo de meses de cotizaciones impagas para que el autodespido sea válido. Incluso un mes de cotizaciones impagas puede ser causal suficiente si el empleador no las regulariza pese al requerimiento del trabajador.

Si el tribunal rechaza el autodespido por estimar que la causal no fue suficientemente grave, el trabajador puede deber indemnizar al empleador por los perjuicios causados por el término anticipado del contrato. Por eso es fundamental tener la asesoría de LawUp Abogados antes de enviar la carta — para asegurarse de que la causal es sólida y está bien documentada.

No. El finiquito liquida la relación laboral. Una vez firmado sin reserva de derechos, ya no hay relación laboral vigente que terminar mediante autodespido. Si te presentaron un finiquito y quieres hacer autodespido, escríbenos antes de firmar cualquier documento.